
Cuando un trabajador sufre una enfermedad relacionada con su actividad laboral, es fundamental determinar si esta patología es considerada una enfermedad profesional y, por lo tanto, si corresponde su cobertura por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). En este proceso, las Comisiones Médicas juegan un papel clave, ya que son las encargadas de evaluar la relación entre la enfermedad y la actividad desempeñada.
Si la ART rechaza el reconocimiento de una enfermedad laboral, el trabajador tiene derecho a solicitar la intervención de una Comisión Médica para que revise su caso. A continuación, explicamos cómo funcionan estas comisiones y qué pasos seguir si necesitas presentar un reclamo.
¿Qué son las Comisiones Médicas?
Las Comisiones Médicas son organismos dependientes de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), cuya función principal es determinar si una lesión o enfermedad está directamente relacionada con el trabajo y, en consecuencia, si la ART debe cubrirla.
📌 Funciones principales de las Comisiones Médicas:
✔️ Evaluar si una enfermedad es de origen laboral.
✔️ Dictaminar el grado de incapacidad del trabajador.
✔️ Resolver conflictos entre el trabajador y la ART.
✔️ Determinar si corresponde la cobertura médica y/o una indemnización.
¿Cuándo intervienen las Comisiones Médicas?
El trabajador puede acudir a una Comisión Médica en los siguientes casos:
- Cuando la ART rechaza la enfermedad laboral, alegando que no está relacionada con la actividad desempeñada.
- Si existe discrepancia sobre el grado de incapacidad determinado por la ART.
- Cuando el trabajador no recibe la atención médica o la indemnización adecuada.
- Si la ART no responde al reclamo dentro del plazo establecido.
En cualquiera de estas situaciones, el trabajador puede iniciar un trámite ante la Comisión Médica para que se evalúe su caso de manera objetiva.
¿Cómo es el proceso ante la Comisión Médica?
Si la ART rechaza tu enfermedad como profesional o no te otorga la cobertura adecuada, estos son los pasos a seguir para presentar un reclamo ante la Comisión Médica:
1️⃣ Presentación del Reclamo
El trabajador debe iniciar el trámite ante la Comisión Médica Jurisdiccional correspondiente a su domicilio. Para ello, debe completar el formulario de solicitud y adjuntar la siguiente documentación:
✔️ Historia clínica y estudios médicos que respalden la enfermedad.
✔️ Certificados médicos que indiquen la relación con la actividad laboral.
✔️ Informe del empleador, en caso de ser requerido.
✔️ Dictamen de la ART, si hubo rechazo previo.
📌 Importante: Si el trabajador no cuenta con toda la documentación médica, la Comisión Médica puede solicitar estudios adicionales para completar la evaluación.
2️⃣ Evaluación Médica
Una vez ingresado el reclamo, el trabajador será citado a una evaluación médica realizada por profesionales de la Comisión Médica.
Durante la consulta, el médico evaluador analizará:
- El tipo de enfermedad y su evolución.
- El impacto de la actividad laboral en la aparición o agravamiento de la enfermedad.
- Si la enfermedad está incluida en el listado oficial de enfermedades profesionales.
📌 Si la enfermedad no figura en el listado oficial, el trabajador deberá aportar pruebas médicas que demuestren la relación con su empleo.
3️⃣ Dictamen de la Comisión Médica
Después de la evaluación, la Comisión Médica emitirá un dictamen vinculante, en el que determinará si la enfermedad es de origen laboral y si corresponde la cobertura por parte de la ART.
📌 Posibles resoluciones:
✔️ Aprobación del reclamo: La ART deberá cubrir la enfermedad y otorgar la compensación correspondiente.
❌ Rechazo del reclamo: Si la Comisión Médica determina que la enfermedad no es laboral, el trabajador puede apelar.
¿Qué hacer si la Comisión Médica rechaza el reclamo?
Si el dictamen de la Comisión Médica no es favorable, el trabajador tiene la opción de apelar ante la Comisión Médica Central dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación.
📌 Si la Comisión Médica Central también rechaza el reclamo, el trabajador aún puede acudir a la justicia y presentar una demanda con la ayuda de abogados de accidentes en el trabajo.
Preguntas Frecuentes
🔹 ¿Cuánto tarda el proceso en la Comisión Médica?
El tiempo varía según el caso, pero en promedio puede demorar entre 30 y 60 días desde la presentación del reclamo hasta la emisión del dictamen.
🔹 ¿Puedo ir a la Comisión Médica sin abogado?
Sí, pero es recomendable contar con asesoramiento legal, especialmente si la ART niega la cobertura.
🔹 ¿Qué pasa si la ART no cumple con el dictamen de la Comisión Médica?
Si la ART no cumple con lo determinado por la Comisión Médica, el trabajador puede iniciar una acción judicial para exigir el cumplimiento del fallo.