
Hablar de la muerte nunca es fácil, pero planificar lo que pasará con nuestros bienes después de partir es un acto de responsabilidad y amor hacia nuestros seres queridos. En Argentina, existen dos caminos legales principales para distribuir el patrimonio luego del fallecimiento: la sucesión intestada y la sucesión testamentaria. Entender las diferencias entre ambas opciones puede ayudarte a decidir cuál es la más conveniente según tu situación personal y familiar.
¿Qué es una sucesión intestada?
La sucesión intestada es el proceso legal que se inicia cuando una persona fallece sin dejar un testamento válido. En estos casos, el Código Civil y Comercial de la Nación establece un orden legal de herederos que determina quiénes recibirán los bienes del fallecido.
Orden de herederos en Argentina:
- Descendientes (hijos, nietos).
- Ascendientes (padres, abuelos).
- Cónyuge supérstite.
- Hermanos o sobrinos.
- El Estado, en caso de no haber herederos.
Este mecanismo funciona automáticamente, pero no tiene en cuenta la voluntad personal del fallecido. Todos los herederos en línea reciben la porción que marca la ley, sin importar el tipo de relación o el valor sentimental de los bienes.
¿Qué es una sucesión testamentaria?
Por otro lado, la sucesión testamentaria se basa en un testamento: un documento legal en el que una persona manifiesta, en vida, cómo desea que se distribuyan sus bienes tras su fallecimiento. Puede ser ológrafo (escrito de puño y letra), por acto público (ante escribano) o cerrado (entregado en sobre sellado).
El testamento permite:
- Elegir a quiénes beneficiar.
- Incluir herederos no legales (como amigos o instituciones).
- Asignar bienes específicos a determinadas personas.
- Nombrar albaceas o tutores para hijos menores.
Sin embargo, el testamento debe respetar la porción legítima de los herederos forzosos (descendientes, ascendientes y cónyuge). Solo se puede disponer libremente de un porcentaje del patrimonio (llamado porción disponible), el resto está reservado legalmente.
Ventajas y desventajas de cada opción
Aspecto | Sucesión Intestada | Sucesión Testamentaria |
Costo inicial | No requiere trámites previos | Requiere hacer y conservar un testamento |
Control sobre la herencia | Ninguno: decide la ley | Alto: permite definir beneficiarios y asignaciones |
Tiempo del proceso judicial | Similar, aunque puede ser más complejo en casos intestados | Puede ser más ágil si el testamento está en regla |
Flexibilidad | Nula: se aplica la ley sin excepciones | Alta: permite adaptarse a situaciones personales |
Posibles conflictos | Frecuentes entre herederos con igual derecho | Menores si la voluntad está claramente expresada |
¿Qué conviene más?
La decisión entre dejar que la ley actúe o planificar tu herencia mediante testamento depende de tu realidad y tus objetivos:
- Si tenés familia numerosa, bienes específicos o deseás evitar conflictos, el testamento brinda orden y claridad.
- Si confiás plenamente en el sistema legal y no tenés preferencias especiales, la sucesión intestada puede ser suficiente.
- Si querés beneficiar a alguien fuera del marco legal (una pareja no casada, un amigo, una ONG), solo podrás hacerlo mediante testamento.
Planificar es proteger
En Argentina, la legislación busca preservar los derechos de los herederos forzosos, pero también permite que las personas planifiquen su legado con libertad y previsión. Tanto la sucesión intestada como la testamentaria tienen fundamentos legales sólidos, pero optar por la segunda brinda mayor control, previsión y, sobre todo, paz para quienes quedan.
Por eso, si estás pensando en organizar tu herencia, es importante contar con abogados especialistas en herencias que puedan guiarte en la redacción de un testamento válido o asesorarte sobre el proceso de sucesión más adecuado a tu caso.