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Accidente de Moto o Bicicleta: Cómo Reclamar tu Indemnización

Si te accidentaste en moto o bicicleta, la ley te protege especialmente. Podés reclamar una indemnización aunque no tengas seguro. Te acompañamos sin que pongas un peso.

Consultar por WhatsAppCalcular indemnización

¿Podés reclamar?

Probablemente tengas derecho a indemnización si:

  • Te chocó un auto, camión u otro vehículo
  • Sufriste lesiones, aunque sean leves
  • Tengas o no seguro propio
  • Pasaron menos de 3 años desde el accidente
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Protección legal

Tus derechos después de un accidente en moto o bicicleta

Los motociclistas y ciclistas son considerados víctimas vulnerables en el Código Civil y Comercial argentino. Esto significa que, frente a un vehículo más grande, el conductor del auto o camión tiene la carga de probar que no tuvo culpa.

En la práctica, esto te favorece enormemente. Podés reclamar los daños físicos, el daño moral, el lucro cesante por los días que no pudiste trabajar y los gastos de reparación o reposición de tu vehículo.

Ventajas legales

  • Carga de la prueba inversa

    El otro conductor debe probar su inocencia, no vos. Cambia radicalmente la dinámica del reclamo a tu favor.

  • Reclamo con o sin seguro propio

    No tener seguro no te quita el derecho a cobrar. Podés reclamar igualmente al responsable o al Fondo de Garantía.

  • Cobertura amplia de daños

    Físicos, morales, lucro cesante y materiales (vehículo, casco, ropa, accesorios).

Si no hay seguro

¿Qué pasa si no tenés seguro o el otro tampoco?

La falta de seguro es la duda más frecuente y casi nunca es un obstáculo para reclamar.

Escenario favorable

Si vos no tenés seguro

La falta de seguro propio no te quita el derecho a reclamar al culpable. Podés reclamar al seguro del otro vehículo y, además, al conductor y al dueño del vehículo en forma personal.

Sin seguro / fuga

Si el auto que te chocó no tiene seguro

La Superintendencia de Seguros administra un Fondo de Garantía para personas accidentadas por vehículos sin seguro o no identificados. Ese fondo cubre los daños físicos.

Culpa concurrente

¿Y si fui en parte responsable del accidente?

En Argentina rige la teoría de la culpa concurrente: si el accidente fue en un 30% tu responsabilidad y en un 70% del otro, podés cobrar el 70% de la indemnización. Salvo que la culpa sea exclusivamente tuya, lo cual es muy difícil de probar, casi siempre hay algo para reclamar.

70%Prescripción
Cuánto podés cobrar

¿Cuánto podés cobrar por un accidente en moto?

La indemnización en moto/bici combina varios conceptos. Estos son los principales.

Daños físicos e incapacidad sobreviniente

El valor se fija según porcentaje de incapacidad, edad y sueldo. Un porcentaje alto en una persona joven puede ser una suma importante.

Daño moral

Compensación por el sufrimiento, miedo y cambios en la calidad de vida. Suele ser entre el 30% y el 60% del reclamo total.

30-60% del total

Lucro cesante y gastos

Días sin poder trabajar más gastos de traslado, medicamentos y tratamientos. Incluye también la reposición de la moto, casco y accesorios.

Calculá cuánto te corresponde

Una estimación de tu indemnización en pocos minutos.

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Qué hacer después del accidente

Qué hacer en las primeras horas después del accidente

Los primeros pasos definen la solidez del reclamo. Estos son los puntos clave.

  1. 1

    Llamá a emergencias y a la policía

    La atención médica inmediata y el parte policial son las primeras pruebas del expediente.

  2. 2

    No muevas el vehículo

    Esperá a la policía. La posición y el estado de los vehículos son prueba clave.

  3. 3

    Fotografiá todo

    Posición, daños, señales, semáforos y tus lesiones. Cuantas más fotos, mejor.

  4. 4

    Tomá los datos del otro conductor

    DNI, licencia, seguro y patente. Si hay testigos, anotá sus datos.

  5. 5

    No firmes nada en el lugar

    No firmes acuerdos ni declaraciones con el otro conductor o su aseguradora sin asesoramiento.

  6. 6

    Guardá los comprobantes

    Todos los gastos médicos, medicamentos y reparaciones desde el primer día.

  7. 7

    Consultá antes de hablar

    No respondas al seguro del otro sin tener un abogado al lado. Las primeras declaraciones pueden ser usadas en tu contra.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre accidentes en moto o bicicleta, respondidas.

  • Sí. La falta de seguro propio no te quita el derecho a reclamar al conductor responsable. Si el otro tiene seguro, podés reclamar directamente ante su aseguradora.

  • Si el vehículo no tiene seguro, reclamás al conductor y al dueño en forma personal. Para los daños físicos también podés recurrir al Fondo de Garantía. Si el vehículo se fugó, ese fondo también cubre bajo ciertas condiciones.

  • Sí. Los ciclistas son víctimas vulnerables con los mismos derechos que los peatones frente a vehículos motorizados. Si un auto te chocó, podés reclamar todos los daños: físicos, morales y materiales.

  • El plazo de prescripción es de 3 años desde el accidente. Conviene no esperar al límite: cuanto antes se inicia el proceso, mejor se conservan las pruebas.

  • Los testigos ayudan, pero no son indispensables. El parte policial, las fotografías del lugar y de los daños, los registros de cámaras y los informes médicos también construyen el caso.

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